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17/02/2007

EL COLECTIVO ESCUELA LAICA DE CÓRDOBA SE ADHIERE A LA CAMPAÑA

POR UNA SOCIEDAD Y UNA ESCUELA LAICA: RELIGIÓN FUERA DE LA ESCUELA

SÉPTIMA DECLARACIÓN, FEBRERO DE 2007

 

En enero de 2004 diversas organizaciones iniciamos la campaña “Por una sociedad laica: la religión fuera de la escuela”, con el objetivo de responder a la provocación de la LOCE, una ley del Partido Popular, que potenciaba el adoctrinamiento religioso en el sistema educativo, así como la enseñanza concertada católica.  

El actual Gobierno del PSOE paralizó la LOCE, significando una actitud esperanzadora, ya que congelaba medidas regresivas que la LOCE pretendía impulsar. Sin embargo, unos meses después, presentó el borrador de anteproyecto de Ley Orgánica de Educación (LOE), que seguía legitimando la religión en el horario lectivo y reforzaba el papel de los catequistas. 

Una vez aprobada la LOE en el Parlamento y desarrolladas las enseñanzas mínimas en las distintas etapa educativas, basándose, una vez más, en los Acuerdos con la Santa Sede, se mantiene la enseñanza de la religión católica (y de otras religiones) en los centros educativos. Lo que seguirá generando segregación y discriminación. Al mismo tiempo que presuntamente se vulneran los artículos 14, 16 y 27 de la Constitución española, en lo referente a la libertad de pensamiento y conciencia, a que nadie puede ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencia y a  la no confesionalidad del Estado. 

La LOE genera confusión entre la escuela publica y la escuela privada, poniendo al mismo nivel ambas redes, lo que significa avanzar en la privatización del sistema educativo y eso conlleva dar más poder a las congregaciones religiosas que detentan cerca del 80% de los colegios concertados. Además, la Ley no impide la segregación por sexos en los centros financiados con fondos públicos, cuestión, ésta, de gran calado religioso. Sin embargo se admite en los centros escolares un adoctrinamiento religioso que, en ocasiones, vulneran derechos y principios de igualdad entre sexos, etc. 

Hacemos un llamamiento a la sociedad y a la comunidad educativa para que se movilice y exija a los poderes públicos y a los partidos políticos una rectificación, con el fin de avanzar hacia un modelo de escuela pública laica, integradora y democrática. Las organizaciones que apoyamos esta campaña reafirmamos que el adoctrinamiento religioso debe de quedar fuera del currículo escolar.   

Abogamos por un modelo de escuela laica que eduque sin dogmas, en valores humanistas y universales, en la pluralidad y en el respeto a los derechos humanos, en la asunción de la diferencia y de la diversidad y en los valores éticos, no sexistas y democráticos. Queremos una escuela donde se sientan cómodos tanto los no creyentes, como los creyentes. Los niños y niñas, en la escuela, no pueden ser segregados en función de las creencias o convicciones morales de sus familias. No podemos aceptar que a las familias se les pregunte por sus creencias religiosas, como expresan los reales decretos de enseñanzas mínimas. No podemos permitir que se obligue al alumnado que no quiere recibir enseñanzas de religión a adaptarse al horario y exigencias de quienes desean seguir imponiendo esas enseñanzas en el horario lectivo, amparándose en acue rdos de clara inconstitucionalidad, por ello la única posibilidad, con el fin de respetar los derechos de todos y todas, es que la religión salga del horario lectivo obligatorio. 

No se puede seguir argumentando que los Acuerdos con la Santa Sede (1976 y 1979) sean el muro insalvable para avanzar hacia la escuela laica. Exigimos su derogación. Tampoco existe mandato constitucional alguno por el que la escuela deba garantizar el adoctrinamiento religioso. La historia crítica de las religiones y el hecho religioso y no religioso ha de estudiarse incorporado al currículo general y para todo el alumnado.  

Las organizaciones que firmamos esta declaración estamos impulsando, desde enero de 2004, una campaña, de ámbito estatal, con el fin de que la religión salga de la escuela y se profundice en el laicismo escolar y en la escuela pública. Llamamos a la movilización activa y a la información centro a centro, como primera medida para conseguir este objetivo. También algunas organizaciones que suscriben la Campaña han procedido a interponer los correspondientes recursos ante el Tribunal Supremo, en impugnación de la disposición adicional segunda de la LOE y su desarrollo de enseñanzas mínimas en educación infantil, primaria y secundaria. 

EXIGIMOS LA DEROGACIÓN INMEDIATA DE LOS ACUERDOS CON EL VATICANO, QUE LA RELIGIÓN SALGA FUERA DEL CURRÍCULO ESCOLAR COMÚN, QUE NINGUNA  SIMBOLOGÍA RELIGIOSA TENGA PRESENCIA INSTITUCIONAL EN LOS CENTROS ESCOLARES Y QUE CON DINERO PÚBLICO NO SE PAGUE EL ADOCTRINAMIETO RELIGIOSO 

SÍ A UNA ENSEÑANZA CIENTÍFICA Y HUMANISTA, QUE PROPICIE UNA EDUCACIÓN PARA LA INTERCULTURALIDAD, QUE DEFIENDA LA LIBERTAD DE PENSAMIENTO Y DE CONCIENCIA Y QUE EDUQUE EN VALORES DEMOCRÁTICOS Y DE CIUDADANÍA 

ORGANIZACIONES ESTATALES Y TERRITORIALES QUE SUSCRIBEN ESTA SEXTA DECLARACIÓN

Europa Laica / CEAPA / STES-I / Sindicato de Estudiantes / IU / CGT / Confederación Estatal de MRPS / ATEUS de Cataluña / Federación Estatal de Gays y Lesbianas / SOS Racismo / PCE / Juventudes Comunistas / Izquierda Republicana / Unidad Cívica por la República / Foro por la Educación Pública / Los Verdes / Liberación – Amanta / Foro Por Otra Escuela / Lliga per la Laïcitat de Catalunya (12 organizaciones sociales y sindicales) / Andalucía Laica / Granada Laica / Asociación de Maestros Rosa Sensat / Asociación Pi y Margall por la Educación Pública y Laica / Asociación Galileo de Úbeda / Asociación Cultural Escuela Laica de Valladolid / Asociación Escuela Laica de Albacete / Fundación Escuela Pública de Zaragoza / Colectivo Escuela Laica de Zaragoza / Foro Ciudadano de la Región de M urcia / Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid / Federación de Asociaciones de Vecinos de Valladolid / Club de Amigos de la UNESCO de Madrid / No nos Resignamos / Asociación Manuel Azaña / Plataforma Cultura contra la Guerra / Más Democracia / Espacio Alternativo / USTEC-STEs /  Intersindical Alternativa Catalana (IAC) / Enseñantes Asamblearios de Canarias (EA-Canarias) / Asociación REDES de Sevilla /Asociación Laica de Rivas Vaciamadrid / FIDA-Federación Internacional de Ateos / Cullera Laica  / Uniónn de Republicanos de La Isla. San Fernando. Cádiz /

Algunas de las personalidades que la suscriben

Rosa Regás, escritora  / Almudena Grandes, escritora / José Luis Sampedro, escritor / /Maruja Torres, periodista y escritora. / Lucía Etxebarría, escritora. / Vicente Aranda, director de cine / Lucía Alvarez, actriz, entre otras muchas que se han venido sumando a la Campaña, desde la primera Declaración
17/02/2007 10:35 Autor: escuelalaicacordoba. Enlace permanente. No hay comentarios. Comentar.

LOS STES PRESENTAN UN RECURSO ANTE EL TRIBUNAL SUPREMO (8.02.07)

Los STES, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa  (LJCA), han interpuesto recurso contencioso-administrativo contra los Reales Decretos 1513/2006, de 7 de diciembre; 1630/2006,  de 29 de diciembre, y 1631/2006  de 29 de diciembre, en relación con la disposición adicional primera del Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre,  la disposición adicional única del  Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre, y la disposición adicional segunda del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, que regulan las enseñanzas de la religión en desarrollo de la Disposición adicional segunda de la LOE. 

El recurso-contencioso se presenta por considerar que la enseñanza de las religiones tal y como aparecen reguladas en la LOE dentro del currículum escolar no está conforme con los preceptos constitucionales y con diversas sentencias del los Tribunales Supremo y Constitucional. 

17/02/2007 10:44 Autor: escuelalaicacordoba. Enlace permanente. No hay comentarios. Comentar.

22/02/2007

Recurso de CGT contra la presencia de la religión en la escuela

 

Federación de Enseñanza CGT
Viernes 16 de febrero del 2007.
La CGT, a través de su Federación de Enseñanza, ha presentado tres recursos Contenciosos-Administrativos ante el Tribunal Supremo contra cada uno de los Decretos que desarrollan la Ley Orgánica de Educación (LOE), concretamente los Decretos de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, en el apartado específico que regula la enseñanza de la religión en los centros educativos por considerar que dicha regulación vulnera la legislación vigente.
 
La LOE en su Disposición Adicional Segunda regula la enseñanza de la religión en los centros educativos. A la vista de este marco legal, CGT entiende que la enseñanza de la religión vulnera la legalidad vigente al fundamentarse en unos Acuerdos preconstitucionales con el Vaticano que otorgan un carácter de privilegio a la religión, llegando a homologarla al resto de asignaturas y, todo ello, en un país aconfesional.
 
Para CGT, la enseñanza de la religión debe salir del currículo ordinario, ya que eso es lo coherente en un estado aconfesional, por tanto, los Acuerdos con el Vaticano, la LOE que los ratifica y sobre los que se fundamenta y estos Decretos que la desarrollan, vulneran claramente el marco constitucional.
 
El alumnado que no asiste a clases de religión no puede seguir siendo marginado y postergado en los centros educativos públicos, e incluso, en los centros privados financiados con fondos públicos. La presencia de la religión en la escuela está constituyendo una fuente de conflictos que afectan al buen funcionamiento del propio sistema educativo, al sistema de relaciones humanas dentro de la comunidad educativa, provoca el enfrentamiento social del alumnado y las familias que optan por no cursar religión, provoca conflictividad entre el profesorado al no quedar bien prefijados los límites de las competencias de hasta dónde deben llegar los contenidos y las actividades religiosas, provoca la exclusión del alumnado en la dinámica diaria de la vida escolar, genera la desatención, en la práctica, del alumnado que no asiste a clases de religión.
 
Por otra parte, la presencia de los signos y símbolos religiosos en los centros educativos es algo absolutamente habitual que sigue significando enfrentamientos innecesarios entre las familias, el profesorado y el alumnado y ello en una sociedad actual que pretendemos basar en la tolerancia y la libertad.
 
Finalmente, la presencia de la religión en los centros con una carga horaria absolutamente desproporcionada, debe ser denunciada públicamente ya que dicha carga horaria está siendo a costa de la reducción de otras materias a niveles ridículos como sucede con las enseñanzas artísticas, musicales, tecnología o informática.
 
Desde CGT, exigimos que la Administración actual no siga cediendo más ante la Conferencia Episcopal porque, no sólo se ha cedido en aportaciones económicas, sino que se ha cedido en las competencias de formación del alumnado.
 
Lamentablemente la Administración actual no está preservando el derecho del alumnado que no asiste a religión ya que , por ejemplo, en educación infantil y educación primaria, para el alumnado que no asiste a religión no se contempla que pueda aprovechar ese tiempo en otra actividad que suponga aprendizaje sino que se le obliga a que pierda el tiempo.
 
En secundaria, el alumnado que no opte por religión será postergado a perder el tiempo sin nada que aprender aunque sea atendido como en una guardería, con lo que esto supone de conflictividad escolar, aprendizaje de valores nefastos... mientras que el alumnado que opte a religión , podrá cursar una religión confesional o la historia y cultura de las religiones, lo que supone la organización de planes de estudios distintos y, por consiguiente, una contradicción con los principios de igualdad y no discriminación.
 
No se está respetando el derecho del alumnado que no asiste a religión, o al menos este derecho está quedando relegado ante el derecho del alumnado que sí asiste a religión, ya que, hasta los grupos de alumnos y alumnas, la organización escolar, se está adecuando y se está llevando a cabo en función del alumnado que asiste a religión.
 
Tampoco podemos pasar por alto que la enseñanza de la religión supone, por principios, la negación de las otras religiones como verdaderas, e incluso, la negación de las verdades de esas otras religiones, lo que inexorablemente tiende a una educación basada en el dogma, en la fe y no en la comprensión de las razones del otro.
 
Así mismo, hay que resaltar que la elección de la religión obliga a un pronunciamiento público de las familias, claramente inconstitucional, sobre sus creencias y que en determinados contextos, suponen provocaciones sociales que podrían evitarse.
En definitiva, la presencia de la religión en los centros educativos está significando, en la práctica, una fuente permanente de conflictos.
CGT rechaza que la presencia de la religión en los centros esté suponiendo que los derechos de unos se conviertan en obligaciones para los otros.

 
22/02/2007 14:19 Autor: escuelalaicacordoba. Enlace permanente. No hay comentarios. Comentar.

24/02/2007

De cómo el Constitucional, sin pretenderlo, da la razón al movimiento laicista.

Quienes contra viento y marea han venido denunciando la sinrazón de la permanencia de la asignatura de religión en la escuela, no deberían ocultar una  satisfacción, al menos parcial, por el reciente Auto que da la razón a la iglesia católica en un supuesto de despido a una profesora de religión.
 
Durante mucho tiempo se ha venido minimizando y negando la existencia de un conflicto constitucional por el mantenimiento y potenciación de la enseñanza de la religión en las escuelas, apelando a una supuesta inocencia de dicha asignatura, se ha querido vender como una asignatura útil por su contenido histórico cultural, se ha conectado esta asignatura con la educación en valores. Se ha desinformado en fin, con la intención de esconder un evidente conflicto de dicha asignatura con el principio de aconfesionalidad del Estado. 
 
Pero el Tribunal Constitucional, máximo garante de nuestros derechos, ha venido a decir verdades como templos (perdón por el símil), y a verificar que nada de inocencias y de enfoque histórico cultural, coincidiendo con lo que la sociedad laica afirmaba, y es que la enseñanza de la enseñanza religiosa va más allá de la transmisión de unos conocimientos, pues la capacitación para impartirla implica un conjunto de exigencias para adquirir la necesaria idoneidad, por lo que puede pedirse que los profesores que se destinan a la enseñanza de la religión en las escuelas, incluso en las no católicas, destaquen por su recta doctrina y por el testimonio de su vida cristiana, es más, afirma que la facultad reconocida a las autoridades eclesiásticas para determinar quienes sean las personas cualificadas para la enseñanza de su credo religioso constituye una garantía de libertad de las iglesias para la impartición de su doctrina sin injerencias del poder público.
 
En definitiva, asume que la enseñanza religiosa es de contenido dogmático. Parece algo evidente, pero es importante remarcar la evidencia, con el fin de evitar ambigüedades.
 
Esta doctrina, de rango constitucional, nos lleva a dos conclusiones principales:
 
1)       Que el Tribunal Constitucional otorga a la jerarquía eclesiástica poderes exclusivos que condicionan el ejercicio del derecho de libertad religiosa. Es decir, por encima de un derecho subjetivo que por definición pertenece solo a individuos, se permite que sea la jerarquía eclesiástica, quien en un supuesto ejercicio del derecho de libertad religiosa, pueda decidir quien actúa y quien no, dentro de un dogma, permitiéndole tomar decisiones y corregir a individuos en el desarrollo de su vida. Convierte a la jerarquía eclesiástica en dueña de las convicciones morales de sus fieles.
2)       Que dado que el supuesto de hecho juzgado implicaba el despido de una mujer divorciada que mantenía relación de convivencia con otro hombre, y exigiendo la “recta doctrina y testimonio de vida cristiana” de quienes imparten dicha asignatura, el Constitucional asume una  realidad por la cual debe reproducirse, trasladarse e impartirse en las escuelas (incluso las no católicas) modelos morales que “desconocen”. Aunque ello lleve consigo la vulneración de los más elementales principios y derechos democráticos:
 
-          Derecho al libre desarrollo de la personalidad.
-          Derecho a la no discriminación por razón de sexo, opinión, etc.
 
Tengamos claro de lo que estamos hablando: No es un problema de derechos laborales de un grupo de profesores. Lo que está en juego es el concepto mismo de laicismo y aconfesionalidad del Estado. Situémonos: Se trata de una resolución dictada por el Tribunal Constitucional de un país, España, donde los Ministros (de izquierdas o de derechas) aún acceden a su cargo jurando o prometiendo frente a un crucifijo y la jefatura del Estado e infinidad de cargos públicos, hacen ostentación de su catolicismo, en el desempeño de su función pública, como ocurría durante la Dictadura y en los siglos pasados, cuando la iglesia era el Estado mismo.
 
Pero la mejor virtud de esta Resolución, (aunque parezca una gran paradoja) es que constituye el primer paso para acabar con la asignatura de religión en la Escuela. El día que tengamos en este país los magistrados que un Tribunal como el Constitucional se merece, el principio de laicidad caerá sin contemplaciones sobre esta asignatura infame, acabará con los acuerdos Iglesia-Estado y pondrá límite a los privilegios y sistemas de financiación de la iglesia católica.
 
La sociedad civil debe clamar por su derecho a un estado laico, que no puede permitir que la escuela sea utilizada para proyectar dogmas de fe que, además, reproducen modelos discriminatorios que atentan contra nuestras leyes y nuestros derechos y valores democráticos.
 
Respecto al colectivo de profesores de religión, que aparecen en este asunto como presuntas víctimas, constituyen, sin que podamos obviarlo, un colectivo puesto a dedo por la jerarquía eclesiástica para impartir “docencia”, pagados por el estado, y que han accedido a un empleo público sin someterse a proceso alguno con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad exigidos por la propia Constitución. Lo que no pretenderán es que quienes propugnan con firmeza que la religión quede fuera de la Escuela, defiendan la posición de quien la imparte.
 
Se debe aplaudir el Auto en ese sentido, aunque sea con sarcasmo, pues deja claro que a los profesores de religión se les exige cumplir con una misión religiosa que se extiende a su vida privada, pues fue por la valoración que se hizo de su vida privada por lo que fueron “seleccionados”.  Jugara con dos barajas es muy peligros, este colectivo ha luchado, codo con codo, con la Conferencia Episcopal y con la derecha más casposa, para que se mantenga la Religión en la escuela… defendiendo (a muerte)  los Acuerdos con la Santa Sede.  Ahora el TC les da “la razón” a una “sinrazón”, ya que en estos Acuerdos (de clara inconstitucionalidad) se cede a la jerarquía católica el derecho de velar por la “idoneidad” (dentro de los “valores” católicos)  del profesorado  que ellos decidan.  Aunque ello signifique una clara vulneración de la Constitución española y la Declaración Universal de los Derechos Humanos
 
Que nadie se engañe: La iglesia católica es lo que es. Y la asignatura de religión también. La cuestión principal reside en qué legitimidad constitucional puede tener la propia existencia de asignaturas de contenido confesionales y dogmáticos en la escuela. Los protagonistas no pueden ser el colectivo de profesores de religión. La protagonista solo puede ser la Escuela y los derechos de la infancia. Por lo tanto una asignatura que adoctrina y cuyo contenido discrimina, no puede formar parte del currículo escolar y del horario lectivo obligatorio, porque supone la traslación de un modelo discriminatorio que niega valores constitucionales.
 
Se quejan los más de 17.000 profesores/as de religión, a través de sus portavoces, -que el Constitucional les confunde con curas y monjas. Nos preguntamos: Cual será la diferencia, salvo que el cura adoctrina en su iglesia, mientras que el profesor de religión adoctrina en un centro educativo financiado con fondos públicos y donde, además, también muchas personas de ese colectivo son curas y/o monjas.
 
Ahora bien, que nos congratulemos por este gesto de honestidad del Tribunal Constitucional, no debe ser confundido, pues en el fondo esta Resolución transmite un lenguaje dogmático, mas propio de una sentencia canónica, que pone de manifiesto en lo que este Tribunal se ha convertido a día de hoy, por “obra y gracia” de nuestros gobernantes y sus cuotas de poder en la designación de los magistrados:
 
Una institución compuesta por jueces de adscripciones morales y políticas sin legitimidad jurídica alguna para interpretar la Constitución, al menos en esta materia.
 
Es muy llamativo que la Resolución ha sido dictada en Pleno, cuestión de extraordinaria importancia, pues ni un solo magistrado, ni siquiera del supuesto bloque progresista (serán también católicos), se ha propuesto cuestionar el Auto dictado, de modo que se atisbe al menos una esperanza de que en el futuro el modelo que la institución católica proyecta sobre las escuelas, sea calificado de inconstitucional.
 
No se puede explicar con la mínima coherencia exigible a esta institución, que en el desarrollo de su “doctrina”, el Constitucional haya pasado de largo sobre la cuestión principal, y es como el modelo moral y social propugnado por la iglesia católica, discriminatorio con la homosexualidad, que niega el derecho al divorcio, que niega el libre desarrollo de la personalidad del individuo, puede pasearse libremente por la escuela pública sin considerarlo una vulnerado explícita del artículo 14 de la Constitución, y el principio de laicidad y no confesionalidad del Estado.
 
Un reconocimiento expreso de que la enseñanza de la religión católica lleva implícito la negación a quien la imparte de sus más elementales derechos, modelo que debe ser proyectado y trasladado al alumnado, solo puede llevar a la conclusión de la inconstitucionalidad de impartir dicha asignatura en sede escolar, pues, además, vulnera objetivos que figuran en las leyes y normas educativas actuales.   Nos preguntamos: ¿Qué va a hacer ahora el gobierno por un lado y el Parlamento por otro, ante ello?: Se va  a mantener  silencio o va a abordar el fondo del problema
 
¿Es posible que la actitud por la que el dueño de un establecimiento cualquiera no permita, por ejemplo, la entrada de un homosexual vulnere la Constitución y que al tiempo se permita adoctrinar en contra de este principio en las escuelas y con financiación pública?
 
Sin duda los magistrados del Constitucional creerán haberse ganado un cachito del cielo en el que al parecer deben tener depositada su fe. Algunos están ya mayores y puede que les vaya preocupando esta cuestión. Pero quizás en su particular cruzada cristiana no han pensado que en virtud del mismo modelo de libertad religiosa que defienden, los fondos públicos terminarán sirviendo para financiar el mismo modelo islámico que supuestamente nuestras sufridas tropas combaten en Afganistán.
Pero que no cunda el pánico, porque a la vista de los resultados la actual comunidad islámica en España es de lejos menos dogmática y radical que la cúpula del clero católico español, y parecen preferir las mezquitas a las escuelas para impartir su fe. Bien, ese debe ser el camino a seguir en un Estado Laico.
 
Por ello el Gobierno no “debería de mirar para otro lado”, como ha hecho hasta ahora. Aquí hay una importante responsabilidad política y se debe actuar en consecuencia: Derogación de los Acuerdos con la Santa Sede, separación absoluta Iglesia – Estado, fin de la financiación de la iglesia católica y religión fuera de la Escuela. Y, por favor que jubilen a esos señores y señoras del Constitucional, que total “ya se han ganado el cielo”, no vaya a ser que terminen “convirtiéndonos” a todos por la vía constitucional. 
 
                                               Francisco Delgado Alfaro.
                                               Abogado
 
                                               Francisco Delgado Ruiz
                                               Fue Diputado Constituyente y en la actualidad es vicepresidente de Europa Laica

24/02/2007 17:47 Autor: escuelalaicacordoba. Enlace permanente. No hay comentarios. Comentar.

MIS REFLEXIONES EN TORNO A LA RECIENTE SENTENCIA DEL TC SOBRE CATEQUISTAS POCO IDÓNEOS

Comenzaba a preocuparme al ver que algunos laicistas de pro, a los que admiro profundamente, veían en la sentencia del Tribunal Constitucional respecto a los catequistas "poco idóneos", una vuelta de tuerca contra el laicismo, al dar la razón a la Iglesia.

En mi opinión, es todo lo contrario, ya que dicha sentencia pone al descubierto lo relevante y, a la vez, lo absurdo y contradictorio de la presencia de la enseñanza confesional en la escuela sostenida con fondos públicos, al dejar meridianamente claro que con el dinero de todos/as se adoctrina en una moral que en muchas ocasiones se enfrenta a los derechos de los ciudadanos/as que contrata (pero no paga): divorcio, planificación familiar, homosexualidad, reivindicaciones laborales, etc.

Y que su transmisión en la escuela ha de ser coherente con la doctrina y no permitir que sus profesores/as salgan de la senda moral trazada. Al fin y al cabo, la puerta por la que entraron, no lo olvidemos.

Es más, esta sentencia nos debe servir de estímulo para seguir en la brecha, a partir de la herida que se ha abierto. Nos despierta del letargo en el que nos habían sumido la LOE y los estatutos de Autonomía. Es un empujón para seguir adelante. Para denunciar los Acuerdos con el Vaticano que permiten este tipo de situaciones extrañas y aparentemente discriminatorias.

Que para ser profesor de religión se tengan que cumplir unos requisitos y preceptos a rajatabla es obvio. Así entraron y así deben permanecer. Se entra por la puerta falsa y, por lo que se ve, se sale por la misma puerta.

Ahora vendrán los sindicatos cacareando derechos laborales. ¿Dónde estaban estos defensores de los derechos de los trabajadores/as cuando esta cohorte de 17000 catequistas entró en la escuela para dar clase por su idoneidad, adquirida gracias a su fervor religioso, su moral intachable y sus creencias? Por si acaso lo hemos olvidado: el proceso de selección del profesorado de religión por la jerarquía eclesiástica es contrario a los artículos 14 y 23.2 de la Constitución, que exigen, respectivamente, que no exista discriminación por razones de creencias y que el acceso a la función pública se realice en condiciones de igualdad.

Alguien dirá que la autoridad eclesiástica se deshace así a los catequistas más progres y beligerantes, los que podrían estar al otro lado, el de la visión laicista. Pero, ¿qué clase de progre intelectual entra en la escuela para transmitir sus creencias?

Quizá una pregunta más directa podría ser ésta: ¿Aspiran estos catequistas más "rebeldes" a que desaparezca la religión de nuestras escuelas?

O esta otra, de lleno en el corazón de sus aspiraciones profesionales: ¿Tal vez pretenden convertirse en funcionarios por la gracia de dios, del sindicato de turno y de un Estado más confesional que nunca?

Lo que dije hace poco en otro foro: menos x menos = más.

24/02/2007 17:53 Autor: escuelalaicacordoba. Enlace permanente. No hay comentarios. Comentar.



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